2024 llega con novedades en el mundo laboral, y hoy queremos descubrir específicamente las que afectan a sectores importantes como son los trabajadores autónomos, los becarios, o las empleadas del hogar.
Hablamos con Javier González, especialista en Derecho Laboral y CEO de la empresa Labor JGM Asociados, situados en Barcelona.
Las tarifas de los autónomos han cambiado este año. ¿Qué cambios se registran?
Ha habido cambios bastante importantes, especialmente desde el año pasado. En la actualidad, los trabajadores autónomos tienen que cotizar en función de los ingresos que obtienen y dentro de los ingresos que obtienen, la seguridad social ha puesto una serie de tramos a los que se deben acoger los trabajadores. “Es decir, pueden pagar desde una cuota mínima de 200 euros hasta una cuota máxima en función de si los ingresos son superiores a 6.000 euros, la cual se quedaría en torno a 1.400 o 1.500 euros al mes”. Indica Javier González.
¿Qué novedades hay en las bonificaciones de los trabajadores por cuenta propia?
Existen tarifas planas para quienes inician la actividad y tienen unas cuotas fijas durante el primer año que alcanzan los 80 euros. El segundo año pueden llegar a tener una bonificación del 50% de la cuota. Además, existen algunas comunidades autónomas en España que durante uno o dos años bonifican el 100% de las cotizaciones de autónomos. “Esto es importante porque mucha gente no lo sabe. Por ejemplo, en Madrid o en Andalucía, Murcia, Baleares, La Rioja, Galicia, Canarias o Extremadura, el primer año o incluso hasta dos, se pueden beneficiar de una bonificación del 100%. O sea que los autónomos no tendrán que pagar nada durante ese tiempo, en función de las comunidades autónomas en las que presten servicios”.
¿Qué novedades hay con respecto a la relación con la empresa?
La normativa que regula a los becarios ha cambiado. A partir de finales del año pasado, todas las empresas que contratan becarios, esos trabajadores tienen derecho a estar de alta en la seguridad social.
“Esto puede suponer que muchas empresas les cueste dar de alta al becario y lo que están haciendo, en muchas ocasiones, es que las universidades o los colegios o centros donde están estudiando se hagan cargo de esta cotización para garantizar una salida laboral a los estudiantes”. Informa el asesor. “Tienen unas cuotas muy reducidas, del 95% pero la novedad es que tienen la obligación de estar dados de alta en la Seguridad Social y además, tienen derecho a cobrar la baja”.
¿Cuándo habría que darles de alta?
Se les tiene que dar de alta en el momento en que se firme el convenio entre la universidad y la empresa.
Novedades en el sector de las empleadas del hogar
Las empleadas del hogar ahora tienen un régimen de cotización especial, similar al de los autónomos desde hace ya un par de años.
Ahora tienen derecho a las mismas cotizaciones que los trabajadores del régimen general, las mismas prestaciones y ya tienen derecho a desempleo desde hace un año.
Las cotizaciones van en función del salario. En España, la inmensa mayoría de empleadas domésticas del hogar cobran el salario mínimo interprofesional y hay que tener en cuenta que durante los últimos 3 años, prácticamente se ha duplicado el valor del SMI. Se ha pasado de 600 euros al mes a 1.134 por 14 pagas. Eso significa que los empleados del hogar deben cotizar y pagar la Seguridad Social en función de este salario.
Lo importante de esto, según Javier, es que los empleadores del hogar estén al día de las actualizaciones del SMI y paguen a sus trabajadores en función del mismo, algo que facilita mucho el hecho de contar con un gestor o un asesor.
La legislación también cambia en relación a los despidos
Desde el año pasado se ha sumado a los colectivos protegidos de despidos injustificados a aquellos trabajadores que estén de baja. Es decir, las empresas no pueden despedir a aquellos trabajadores que estén de baja por este hecho. Algo que, hasta hace relativamente poco, sí se podía.
Esto puede hacer que si la empresa despide a un empleado por estar de baja pueda ser declarado despido nulo y que la empresa tenga que readmitir al trabajador, pagar los salarios dejados de percibir durante la baja.
Para entender mejor todos los cambios en cuanto a la legislación laboral es ponerse en manos de abogados laboralistas o asesores especializados en el tema.
Labor JGM Asociados
Calle Numancia 73 , 2 B. 08029, Barcelona (Barcelona). España